Hemos visto con sorpresa la declaración en las que se hace referencia a nuestra misión consular con respecto a las apostillas de documentos en los Estados Unidos. Al respecto, deseamos aclarar lo siguiente:
El Consulado General de la República Dominicana en Miami opera conforme a la legislación vigente, conforme al artículo 5 de la Convención de Viena que establece “ejercer las demás funciones confiadas por el Estado que envía a la oficina consular que no estén prohibidas por las leyes y reglamentos del Estado receptor o a las que éste no se oponga, o las que le sean atribuidas por los acuerdos internacionales en vigor entre el Estado que envía y el receptor.”

En este contexto, aclaramos, tal y como lo indica la publicación en redes sociales, que el consulado gestiona el proceso de apostilla a través del envío certificado de los documentos estadounidenses al Estado de origen del documento y la institución correspondiente de manera transparente. En este sentido, nuestro consulado no autoriza ni coloca apostillas y, por tanto, no existe violación del artículo 3 de la Convención de Viena que establece que
“la apostilla será colocada por la autoridad competente del Estado de donde el documento emana”, y respetamos a su vez la Ley no. 630-16 Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior y el Código de Regulaciones Federales de los Estados Unidos (22 CFR §131.1) que dispone que “los documentos públicos de los Estados Unidos deben ser autenticados únicamente por las autoridades designadas del país”. Nuestra misión consular actúa únicamente como intermediario para facilitar a los ciudadanos dominicanos la obtención de este servicio, optimizándoles tiempo y recursos económicos.
Así mismo, informamos a nuestros usuarios de manera transparente que pueden gestionar directamente estos trámites con las instituciones del estado americano correspondientes si así lo desean, de modo que, si acceden al servicio ofrecido, lo realizan voluntariamente.
La normativa estadounidense no impide esta gestión y el consulado cumple estrictamente con la ley ofreciendo un servicio legítimo.
Lamentamos que la comunicación del servicio en redes sociales haya generado confusión. Nuestros servicios están orientados a dignificar, modernizar e institucionalizar la gestión consular, y siempre amparados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 1961 y Ley no. 630-16 Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.



